Aborto, Familia

MEXICO: GARANTIZAN SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA A NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES.

Cartel Programa Derecho de los niños, niñas y adolescentes.aiLuego de la inconformidad de padres de familia y amplios grupos de la sociedad civil, la pretensión de grupos radicales feministas  junto con los promotores del PRD de crear falsos derechos, el pleno de la Cámara de Diputados votó a favor de incluir el concepto salud sexual y reproductiva, en lugar de “derechos sexuales y reproductivos” en la Ley General de las Niñas, Niños y Adolescentes.

El pleno legislativo aprobó así las reservas de los artículos  26, 50, 57, 58 y 83 de la Ley General de las Niñas, Niños y Adolescentes, que previamente fue aprobada en lo general y que antes fue aprobado por el pleno de los senadores.

En particular, diputados del PRI y del PAN Héctor Gutiérrez de la Garza (PRI) y José Alfredo Botello Montes y Raquel Jiménez Cerrillo, del PAN, dejaron claro que las reservas a los artículos 50 y 58 buscan proteger la integridad de la infancia, pues el concepto “derechos sexuales y reproductivos” no existe en la Constitución mexicana ni en ningún tratado internacional firmado por México.

La Ley General de las Niñas, Niños y Adolescentes había sido aprobada en lo general por el pleno de la Cámara de Diputados por  420 votos a favor, uno en contra y diez abstenciones. Sin embargo, se reservaron 44 artículos en lo particular.

La polémica se elevo al momento de la votación económica. Fue la diputada del PAN, Raquel Jiménez, quien al explicar las reservas  detalló que la propuesta de cambiar “derechos sexuales y reproductivos“ por “salud sexual y reproductiva” busca proteger a la niñez mexicana del abuso sexual, de la pederastia y de poner en riesgo su integridad.

“Hablo a nombre de todos los padres y madres de familia que están a fuera esperando que defendamos sus derechos de orientar, de educar a los menores y de protegerlos con información de acuerdo a su madurez”, dijo.

Y es que el riesgo de incluir en la ley preferente el concepto “derechos sexuales y reproductivos”  sería una aberración jurídica, ya que este término no existe en la Constitución ni en los tratados internacionales suscritos por  nuestro país, por lo tanto, no se sabe qué implica, qué abarca, cómo se regulan y sobre todo  cuán es el soporte jurídico de ello.

De acuerdo a la ley aprobada previamente por el Senado de la República, el artículo 50 en su fracción XI  establecía la obligación de las autoridades a “proporcionar asesoría y orientación sobre el ejercicio responsable de sus derechos sexuales y reproductivos a niñas, niños y adolescentes, así como a quienes ejerzan la patria potestad tutela o guarda y custodia”.

La reserva aprobada por la mayoría en la Cámara de Diputados quedó de la siguiente manera:  “proporcionar asesoría y orientación sobre salud sexual y reproductiva” que es el término usado en la máxima ley del país y en los tratados internacionales.

Este hecho representa una nueva  y contundente derrota para los grupos feministas radicales vinculados al PRD.

Asimismo, se regresa a los padres de familia o a quienes ejercen la patria potestad, tutela, guardia y custodia de los menores, “el derecho a intervenir en la educación que habrá de darse a niños, niñas y adolescentes en términos de lo previsto en el artículo 103 de la Ley”, según quedó en el artículo 57.