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“Una persona existe legalmente desde su concepción y no desde el nacimiento”: Ordóñez

Alejandro Ordóñez aseguró Que la existencia f legal de una persona se da desde su concepción y no desde su nacimiento Como lo indica el Código Civil Colombiano. FOTO Colprensa

  • Alejandro Ordóñez aseguró Que la existencia f legal de una persona se da desde su concepción y no desde su nacimiento Como lo indica el Código Civil Colombiano. FOTO Colprensa

Colprensa | Publicado el 02 de Marzo de 2016

En pronunciamiento polémico de la ONU, el procurador general de la Nación, Alejandro Ordóñez Maldonado, aseguró Que la existencia f legal de una persona se da desde su concepción y no desde su nacimiento Como lo indica el Código Civil Colombiano.

En Concepto ante la Corte Constitucional, el Procurador Pidio Que se ‘tumbe’ el Artículo 90 del Código Civil Que senala Que “la existencia f legal de Toda persona principia al nacer, es esto, al separarse Completamente de su madre” y Que se reconozca Que TODO Ser Humano es personaje Y Que al Estado le corresponde Garantizar SUS Derechos from El Momento de la Concepción.

De Acuerdo con Ordóñez, el Artículo 90, tal y como esta, contradice los Artículos 1.2 y 4.1 de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos (CADH), Donde se Consagra Que “Toda persona Tiene Derecho a Que se respete su vida. Este direction derecho estara protegido por La Ley y, en general, el partir del Momento de la Concepción “, y que” Persona es TODO Ser Humano “.

Para el procurador, dichas: disposiciones de La Convención Americana un Primero Sobre las CHARACTERISTICS Internas, de Acuerdo al Artículo 93, y en ESE SENTIDO la Corte tendria Que · analizar el Código de Acuerdo con los Términos del Tratado Internacional, considerando Que El Ser Humano es por si Mismo persona jurídica, Que Tiene Derecho a la Protección de su vida desde la concepción, Que Dębe Ser protegido por ley y Que esta prohibido privar arbitrariamente de la vida a las Personas.

De Acuerdo con Ordóñez, Dębe tenerse en Cuenta: Además Que los Artículos Que Siguen, Como el 91, ProteGen la vida de quien this por nacer, Asi Que Una Interpretación Sistemática de la norma Seria Que El Reconocimiento de legal una persona en solitario con El Nacimiento ” sin implicaciones Una Negación de la existencia f de Vida Humana Antes del nacimiento pues, por el contrario, para el Caso en que Haya nacimiento, protegido Ciertos Derechos patrimoniales Que consideraba Que Estaban suspendidos, Que no inexistentes “.

La Norma FUE demandada por los Ciudadanos Alexánder López Quiroz y Marco Fidel Martínez y esta en manos de la magistrada Gloria Stella Ortiz.